Amigo(a) pensionado(a) y/o jubilado(a) LEY 73, con gusto aclaramos tus dudas.
Como pensionado (a) al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 (LSS 1973), y si cuentas con capacidad de crédito, podrás solicitar un préstamo a cuenta de tu pensión con cualquier entidad financiera que tenga convenio vigente con el IMSS.
El monto depende de tu capacidad de pago y el plazo que elijas, aquí es donde nosotros te apoyamos para hacer el cálculo, pero puedes solicitar desde $30,000 hasta $650,000 mil pesos
No, para nada, tu pensión nunca se compromete ni se congela, tú sigues recibiéndola de manera normal.
Una vez aprobado tu trámite, el depósito puede realizarse de 24 a 72 hrs a la cuenta donde depositan tu pensión. El trámite es muy seguro.
El IMSS descuenta el pago mensual de tu pensión y lo deposita a la financiera en convenio elegida y el resto lo deposita en tu cuenta de manera cotidiana.
Lo puedes liquidar con toda confianza ya que no hay ninguna penalización ni cobro por ello.
Nuestros servicios son completamente gratuitos, siéntase con la confianza de aclarar todas sus dudas y deseamos poder ayudarlo a obtener su préstamo de manera sencilla y a la brevedad.
Si es de pensionado (a) IMSS si se podría, pero si es de jubilado (a) IMSS no se podría realizar el trámite, esto por disposiciones del Seguro Social.
Para nada! Tú solicitas tu crédito y puedes ocupar ese dinero para apoyar por ejemplo a tus hijos para que inicien un negocio, o para ayudarlos a hacerse de una casa, en fin, cuentas con toda la libertad de invertir tu dinero como tú prefieras!.
El IMSS puede retener como máximo hasta un 30% de tu ingreso mensual para el pago de tu crédito y de esta manera poder seguir solventando tus gastos sin contratiempos
Muy fácil!! Te pedimos nos escribas por whatsapp, llamarnos por teléfono o puedes llenar el formulario con tus datos y con gusto uno de nuestros asesores se pondrá en contacto contigo. ¡¡ Será un placer para nosotros poder atenderte!!

